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    Este es el salario medio mensual provincial que está vigente desde agosto 2022 ¿Por qué es necesario conocerlo?

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    El salario medio mensual provincial (SMP) reconocido por la Oficina Nacional de Estadísticas, ONEI, constituye la remuneración mínima que pueden tener en cuenta las personas naturales (PN) con trabajadores contratados para calcular el impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo (IUFT).

    Lo anterior se estipula en el artículo 237 de la Ley No.113 del Sistema Tributario y en el 2 del Decreto Ley No.49 de 2021, (publicado en la Gaceta Ordinaria No.94  de ese año) que modifica, entre otros, el artículo 236 de la ley tributaria cubana.

    ¿Cuándo se tiene en cuenta la remuneración mínima para calcular este impuesto y por qué?

    Las personas naturales obligadas a aportar el IUFT son los trabajadores por cuenta propia (TCP), artistas y creadores del sector de la cultura y otros que tengan personal contratado.

    Por su parte, el tipo impositivo o cantidad a liquidar por concepto de este tributo es el 5% del total de remuneraciones pagadas cada mes a los asalariados, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 91 de la Ley 144 del Presupuesto del Estado para 2022.

    El aporte, no obstante, se realiza trimestralmente, dentro de los primeros veinte días naturales del mes siguiente al trimestre vencido (Resolución 345 de 2021 del MFP, gaceta O. No. 94), ya sea por vía electrónica o en las oficinas bancarias, mediante el párrafo 061032 “Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo-Personas Naturales”, del vigente Clasificador de Recursos Financieros del Prespupuesto del Estado.

    Ahora bien, si la remuneración del contratado fuera inferior o igual al SMP vigente, el titular o dueño del negocio estaría obligado a calcular el tributo aplicando el 5% a dicho salario medio mensual provincial.

    ¿Cómo se sabe cuál es el SMP vigente y dónde consultarlo?

    El salario medio que debe tenerse en cuenta, según el mencionado artículo 237 de la Ley 113, es  “el vigente en cada provincia en el ejercicio (año) fiscal anterior, reconocido” por la ONEI, el cual es publicado cada año por esa institución en su sitio Web http://www.onei.gob.cu, durante los meses de julio o agosto.

    Precisamente el pasado 14 de julio de 2022 la ONEI reconoció el nuevo SMP en la publicación Salario Medio en Cifras. Cuba Enero-Diciembre 2021 que estará vigente a partir del presente mes de agosto, de acuerdo con lo anunciado por la Oficina Nacional de Administración Tributaria, ONAT.

    De todo lo anterior se desprende que los titulares obligados a calcular el impuesto en cuestión a partir del SMP, deben tener en cuenta a tales efectos dos salarios medios mensuales diferentes en el año: uno en los trimestres enero-marzo, abril-junio y otro en los correspondientes a julio-septiembre, octubre-diciembre.

    Siguiendo esta lógica, el SMP publicado por la ONEI en julio de 2022 se usará en los dos últimos trimestres de ese año; mientras que en los dos primeros debió utilizarse el salario medio provincial de 2020.

    Por supuesto, aquellos contribuyentes que paguen a sus contratados remuneraciones superiores al SMP aplican el 5% a esas remuneraciones.  No necesitan tener en cuenta dicho salario medio para calcular el Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo.

    Todas las obligaciones tributarias de las personas naturales están contenidas en su vector fiscal RC-04 A: los períodos y términos de pago, los beneficios fiscales, el código de cinco dígitos que permite efectuar el pago electrónico mediante la aplicación Transfermóvil o la Telebanca y otros datos importantes.

    Por esa razón la Oficina Nacional de Administración Tributaria, ONAT, insiste en alertar a estos contribuyentes que revisen y dominen el contenido de su vector que pueden descargar en el Portal Tributario en la sección SERVICIOS PARA CONTRIBUYENTES, si están registrados en la plataforma u obtener en la ONAT del municipio donde están inscritos, donde se le copia en una memoria o dispositivo USB de su propiedad.

    El trabajo de la ONAT está enfocado siempre en facilitarle al contribuyente toda la información y los servicios que favorezcan el cumplimiento de sus responsabilidades fiscales, porque su aporte importa.

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